Título:
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN
CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE
105 - PARACAIDISMO
Descripción:
Este documento constituye una Parte
de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC)
que fue desarrollado a lo largo de los últimos años,
con arreglo a lo previsto en el Convenio sobre Aviación
Civil Internacional, para reunir en un cuerpo normativo único
a los diferentes reglamentos y normas hasta hoy vigentes en el ámbito
de aplicación
del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285)
y que regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción
nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales
cuando por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se
encuentran bajo jurisdicción de los servicios de tránsito
aéreo
de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.
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Título: REGULACIONES
ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE
91 - REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL
Descripción: Este
documento constituye una Parte de las Regulaciones Argentinas de
Aviación Civil (RAAC) que fue desarrollado a lo largo de
los últimos años, con arreglo a lo previsto en el
Convenio sobre Aviación Civil Internacional, para reunir
en un cuerpo normativo único a los diferentes reglamentos
y normas hasta hoy vigentes en el ámbito de aplicación
del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285) y que
regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción
nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales cuando
por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se encuentran
bajo jurisdicción de los servicios de tránsito aéreo
de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad
Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.
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Título: REGULACIONES
ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE
135- REQUERIMIENTOS DE OPERACIÓN: OPERACIONES NO REGULARES
INTERNAS E INTERNACIONALES
Descripción: Este
documento constituye una Parte de las Regulaciones Argentinas de
Aviación Civil (RAAC) que fue desarrollado a lo largo de
los últimos años, con arreglo a lo previsto en el
Convenio sobre Aviación Civil Internacional, para reunir
en un cuerpo normativo único a los diferentes reglamentos
y normas hasta hoy vigentes en el ámbito de aplicación
del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285) y que
regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción
nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales cuando
por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se encuentran
bajo jurisdicción de los servicios de tránsito aéreo
de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad
Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.
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Título: PLAN NACIONAL
DE
BÚSQUEDA
Y SALVAMENTO
AUTOR: COMANDO
DE REGIONES AEREAS -
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO AÉREO
Descripción: ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL SAR.
La responsabilidad general del Sistema SAR es:“Organizar y coordinar los esfuerzos
de los organismos estatales y/o privados que concurren con sus medios a la Búsqueda y
Salvamento de aeronaves en peligro o accidentadas para el rescate de personas, tripulantes
y material, cooperar en caso de siniestro con los demás sistemas colaterales y conducir la
ejecución de las operaciones a través de los Centros Coordinadores de Salvamento (RCC)
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Título: MANOPER PARTE V AGA - Manual de Operación de Aeródromos
AUTOR: COMANDO
DE REGIONES AEREAS -
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO AÉREO
Descripción: El Código Aeronáutico, en su artículo 27 establece que todo aeródromo deberá ser habilitado por la autoridad aeronáutica, a cuyo fin ésta se ajustará a las normas generales que al efecto determine el Poder Ejecutivo. El Decreto 92/70 del Poder Ejecutivo Nacional estipula que la habilitación de los aeródromos quedará supeditada al cumplimiento previo de las normas que con tal carácter figuran insertas en el Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, si de las mismas no se han notificado diferencias a la Organización de Aviación Civil Internacional.
Asimismo fija que el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea será la autoridad de aplicación de las disposiciones contenidas en el citado Decreto.
Por Resolución 97/70, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, delega en el Comandante de Regiones Aéreas las facultades conferidas en el artículo 5º) del Decreto 92/70.
Para la elaboración del presente manual se tomaron como guía y referencia leyes, decretos, reglamentaciones, manuales, disposiciones, directivas, ordenes, circulares, especificaciones, normas, códigos, comunicaciones, etc., vigentes en el país, y aquella documentación de la OACI que por su propósito, alcance y carácter se ha considerado conveniente.
Al final del manual se detalla la relación de la documentación utilizada para la realización de este documento.
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Título: NORMAS
PARA EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE IDONEIDAD AERONAUTICA (NOCIA) REEMPLAZADA POR EL RAAC
AUTOR: COMANDO
DE REGIONES AEREAS -
DIRECCION DE HABILITACIONES AERONAUTICAS
Descripción: Estas
disposiciones rigen el otorgamiento de documentos aeronáuticos
civiles, conforme a lo establecido en la Reglamentación
del Artículo 76
de la Ley 17.285 “Código Aeronáutico”. Asimismo
establece las facultades que estos confieren y los requisitos que se
deben reunir para su obtención.
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