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Boletines de Seguridad

ARTICULOS SOBRE SEGURIDAD

REGLAMENTACIONES AERONÁUTICAS


Título: REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE 105 - PARACAIDISMO

Descripción: Este documento constituye una Parte de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) que fue desarrollado a lo largo de los últimos años, con arreglo a lo previsto en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, para reunir en un cuerpo normativo único a los diferentes reglamentos y normas hasta hoy vigentes en el ámbito de aplicación del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285) y que regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales cuando por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se encuentran bajo jurisdicción de los servicios de tránsito aéreo de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.

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Título: REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE 91 - REGLAS DE VUELO Y OPERACIÓN GENERAL

Descripción: Este documento constituye una Parte de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) que fue desarrollado a lo largo de los últimos años, con arreglo a lo previsto en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, para reunir en un cuerpo normativo único a los diferentes reglamentos y normas hasta hoy vigentes en el ámbito de aplicación del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285) y que regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales cuando por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se encuentran bajo jurisdicción de los servicios de tránsito aéreo de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.

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Título: REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC)
Tema: PARTE 135- REQUERIMIENTOS DE OPERACIÓN: OPERACIONES NO REGULARES INTERNAS E INTERNACIONALES

Descripción: Este documento constituye una Parte de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) que fue desarrollado a lo largo de los últimos años, con arreglo a lo previsto en el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, para reunir en un cuerpo normativo único a los diferentes reglamentos y normas hasta hoy vigentes en el ámbito de aplicación del Código Aeronáutico (Ley Nº 17.285) y que regulan las operaciones aéreas que se desarrollan en jurisdicción nacional y en los espacios aéreos extraterritoriales cuando por convenio se acuerda que dichos espacios aéreos se encuentran bajo jurisdicción de los servicios de tránsito aéreo de la República Argentina, a fin de contribuir a la Seguridad Operacional de la Aviación Civil Nacional e Internacional.

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Título: PLAN NACIONAL DE BÚSQUEDA Y SALVAMENTO

AUTOR: COMANDO DE REGIONES AEREAS - DIRECCIÓN DE TRÁNSITO AÉREO

Descripción: ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL SAR.

La responsabilidad general del Sistema SAR es:“Organizar y coordinar los esfuerzos de los organismos estatales y/o privados que concurren con sus medios a la Búsqueda y Salvamento de aeronaves en peligro o accidentadas para el rescate de personas, tripulantes y material, cooperar en caso de siniestro con los demás sistemas colaterales y conducir la ejecución de las operaciones a través de los Centros Coordinadores de Salvamento (RCC)

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Título: MANOPER PARTE V AGA - Manual de Operación de Aeródromos

AUTOR: COMANDO DE REGIONES AEREAS - DIRECCIÓN DE TRÁNSITO AÉREO

Descripción: El Código Aeronáutico, en su artículo 27 establece que todo aeródromo deberá ser habilitado por la autoridad aeronáutica, a cuyo fin ésta se ajustará a las normas generales que al efecto determine el Poder Ejecutivo. El Decreto 92/70 del Poder Ejecutivo Nacional estipula que la habilitación de los aeródromos quedará supeditada al cumplimiento previo de las normas que con tal carácter figuran insertas en el Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional, si de las mismas no se han notificado diferencias a la Organización de Aviación Civil Internacional.
Asimismo fija que el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea será la autoridad de aplicación de las disposiciones contenidas en el citado Decreto.
Por Resolución 97/70, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea, delega en el Comandante de Regiones Aéreas las facultades conferidas en el artículo 5º) del Decreto 92/70.
Para la elaboración del presente manual se tomaron como guía y referencia leyes, decretos, reglamentaciones, manuales, disposiciones, directivas, ordenes, circulares, especificaciones, normas, códigos, comunicaciones, etc., vigentes en el país, y aquella documentación de la OACI que por su propósito, alcance y carácter se ha considerado conveniente.
Al final del manual se detalla la relación de la documentación utilizada para la realización de este documento.
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Título: NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADOS DE IDONEIDAD AERONAUTICA (NOCIA) REEMPLAZADA POR EL RAAC

AUTOR: COMANDO DE REGIONES AEREAS - DIRECCION DE HABILITACIONES AERONAUTICAS

Descripción: Estas disposiciones rigen el otorgamiento de documentos aeronáuticos civiles, conforme a lo establecido en la Reglamentación del Artículo 76 de la Ley 17.285 “Código Aeronáutico”. Asimismo establece las facultades que estos confieren y los requisitos que se deben reunir para su obtención.

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MANUAL BASICO

 

 

 

 

 

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REGLAMENTACIONES AERONAUTICAS

 

 

 

 

 

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